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Diputada Priista Propone Reforma al Codigo Penal Para Castigar a Servidores Publicos que Filtren Información de Feminicidios

Diputada Priista Propone Reforma al Codigo Penal Para Castigar a Servidores Publicos que Filtren Información de Feminicidios

*Pide se agreggue Articulo 202 quater Para que el que comete el delito de lesiones a la dignidad de las víctimas de violencia de género, el servidor datos periciales, forenses o ministeriales relacionados con la investigación de un delito de feminicidio, sean castigados.

Pachuca, Hgo., 23 de junio 2026.- La diputada local Johana Montcerrat Hernández Pérez propuso establecer en el Código Penal del Estado penalidades a los servidores públicos que difundan publiquen, comercialicen o compartan videos, imágenes o datos de investigaciones de delitos de feminicidio.

La legisladora retoma el tema que surgió desde 2020 tras el feminicidio de Ingrid Escamilla y la difusión de fotografías de su cuerpo, penalidad que se encuentra establecida a nivel nacional y que fue propuesta desde la pasada legislatura en hasta tres ocasiones.

La actual reforma, busca incluir el artículo 202 quater en donde se señala que comete el delito de lesiones a la dignidad de las víctimas de violencia de género, el servidor público que, por cualquier medio y de forma indebida, difunda, entregue, revele, publique, videograbe, audiograbe, fotografíe, reproduzca, comercialice, o comparta imágenes, audios, videos, datos periciales, forenses o ministeriales relacionados con la investigación de un delito de feminicidio.

Incluye cuando se trate también de la difusión de las circunstancias de la muerte o de las lesiones de la víctima, de la escena del crimen, del cadáver, de los restos humanos de la misma, o de cualquier elemento que permita su identificación.

Al responsable de este delito, se propone castigar con una pena de tres a seis años de prisión y de 200 a 500 días multa, pero adicionalmente, se impondrá la destitución definitiva del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar cualquier otro puesto en el servicio público por un tiempo igual de la pena de prisión impuesta.

La punibilidad prevista se aumentará hasta en una mitad cuando el material difundido corresponda a niñas o adolescentes, cuando la filtración afecte el debido proceso o cause la revictimización de los familiares, se cause daño psicológico grave a los familiares de la víctima; o cuando el material sea difundido por medios de comunicación o publicado en plataformas digitales de alcance masivo.

Según refiere la iniciativa presentada por la diputada del Partido Revolucionario Institucional, este delito se perseguirá de oficio y no admite consentimiento del particular para su ejercicio.

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