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Reforma a Ley de Amparo: Puntos Positivos y Preocupaciones Clave

Reforma a Ley de Amparo: Puntos Positivos y Preocupaciones Clave

*“No es cierto que el juicio de amparo haya sido eliminado, permanece como una herramienta clave para la defensa de los derechos humanos”, dijo Pacheco Gómez

Pachuca, Hgo., 12 de octubre de 2025.-Ante el debate generado por la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, Ulises Pacheco Gómez, docente de la Licenciatura en Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), afirmó que el juicio de amparo no desaparece, pero advirtió que, aunque los cambios tienen aspectos positivos, existen dos puntos en especial que, si no se aplican con cuidado y respeto a los derechos fundamentales, podrían ser perjudiciales.

“No es cierto que el juicio de amparo haya sido eliminado, permanece como una herramienta clave para la defensa de los derechos humanos. Como ocurre en muchos casos, los abusos han provocado intentos por limitarlo; tal vez no sea el mejor camino, pero se pueden entender las razones”, indicó el profesor del Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades (ICSHu).

Entre los aspectos positivos, destaca la digitalización del trámite, que permitirá a la ciudadanía presentar y dar seguimiento a sus demandas vía electrónica, lo que reducirá costos, tiempos, uso de papel, pero, sobre todo, ayudará a controlar prácticas abusivas de grandes contribuyentes, sin afectar derechos individuales, ya que muchas empresas ingresaban demandas de amparo en el mismo sentido en varios juzgados.

Destaca también la regulación del interés legítimo, incorporado desde 2011. Aunque la redacción inicial de la propuesta presidencial generó temores ante un posible retroceso, los ajustes hechos por el Senado de la República se alinearon con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2014, preservando la defensa de derechos colectivos y difusos, como los ambientales o de salud.

Asimismo, uno de los puntos más sensibles de esta iniciativa era la retroactividad de la ley, especialmente en juicios ya iniciados, ya que el transitorio tercero no era claro, pero tras un llamado de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, se corrigió y se ha eliminado, de tal manera que la nueva ley solo aplicaría a los juicios que comiencen después de su entrada en vigor, no a los anteriores. 

Como parte de los cambios que buscan mejorar el funcionamiento del juicio de amparo, se establecen plazos más estrictos para que las y los jueces emitan resoluciones, lo cual podría traducirse en mayor agilidad procesal. Además, se restringe el uso de la suspensión del acto reclamado, sobre todo en materia fiscal y prisión preventiva, porque este recurso se ha utilizado de manera estratégica para prolongar actos ilícitos o entorpecer políticas públicas.

Por otro lado, uno de los puntos que podría enviar un mensaje negativo a la ciudadanía es la eliminación de las sanciones previstas para quienes incumplan, pues genera la impresión de que las sentencias de amparo ya no tienen el mismo peso de antes, cuando no acatarlas podía llevar a la cárcel, consecuencia que ahora desaparece.

Ante este panorama, el docente subrayó que, ahora que la Cámara de Diputados analiza la propuesta, lo ideal es que hagan ajustes para no castigar a la mayoría por los excesos de unos pocos, para que, al enviarse al Senado, impacten positivamente en la Ley de Amparo Reglamentaria, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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